jueves, 25 de agosto de 2016

«Otegi es inelegible»



Los incisos o advertencias que añaden los magistrados en las sentencias judiciales son de suma importancia. Pues ocurre a veces que de su interpretación depende el éxito o el fracaso que van a tener las apelaciones consiguientes. La Junta Electoral de Guipúzcoa –acatando el criterio de la Fiscalía– ha dejado fuera de las elecciones vascas al candidato de EH Bildu, Arnaldo Otegi. «Otegi es inelegible». Argumentando para ello que existe una sentencia de la Audiencia Nacional que le inhabilita para cargo público y para el ejercicio de sufragio pasivo (es decir, para ser votado). La primera inhabilitación –para cargo público- resulta un tanto ambigua. Al no especificar cuál es el cargo público que tiene prohibido ejercer, el dictamen podría ser tumbado por el TC, tal y como ocurrió con el «caso Casanova», donde se aplicó el principio jurídico «in dubio pro reo» e Iker Casanova ganó y pudo ejercer como diputado. ¿Lo recuerdan? Pero como decía, los incisos que aparecen en algunas sentencias pueden ser determinantes. Y en este caso la coletilla que añadió sabiamente la Audiencia Nacional: «inhabilitación para el ejercicio de sufragio pasivo», es insoslayable jurídicamente. Por mucho recorrido que le quiera dar a este fallo el abogado de Otegi, me temo que la sentencia es firme. Nada podrá hacer.  
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